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Aprendé sobre Seguros

Tu seguro puede quedar anulado por algo que dijiste al contratarlo, aunque no haya sido a propósito

Seguimos con la serie “Ley de Seguros artículo por artículo”: en este segundo capítulo explicamos los artículos 4, 5 y 6 de la Ley 17.418, que regulan la formación del contrato y el deber de buena fe al contratar. El artículo 4 establece que el contrato es consensual —existe desde el acuerdo, aunque todavía no tengas la póliza en la mano—. El artículo 5 define la reticencia: una declaración falsa u omisión relevante, aun de buena fe, puede anular tu cobertura, pero la aseguradora tiene solo tres meses para impugnarla desde que la conoce. Y el artículo 6 aclara que, si esa reticencia no fue dolosa, la aseguradora puede optar por reajustar el contrato en lugar de anularlo directamente.

Fuente: Ley de Seguros N° 17.418, artículos 4, 5 y 6 — segundo capítulo de la serie “Ley de Seguros artículo por artículo”.

Aprendé sobre Seguros

Perdió toda su cosecha en una inundación, y la aseguradora igual le inició juicio: así funciona el interés asegurable

Analizamos un fallo real de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial (Sala B): un productor agropecuario de Córdoba tenía un seguro de granizo, pero una inundación destruyó su cosecha días después de arrancar la cobertura. La aseguradora igual le inició juicio para cobrarle la prima completa. Te explicamos el principio de interés asegurable —que no es exclusivo del campo, rige para cualquier tipo de seguro— por qué la Cámara le dio la razón de fondo al productor, y por qué, aun así, terminó pagando una parte de esa prima. Con base normativa (Ley de Seguros arts. 3, 41 y 81) y doctrina de Halperín.

Fuente del fallo: Zurich Argentina Compañía de Seguros S.A. c/ Falcone, Domingo Néstor s/ Ordinario, Expte. 10235/2018, Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala B, 03/06/2021 — leer PDF

Aprendé sobre Seguros

Arrancamos la serie: qué dicen los primeros 3 artículos de la Ley de Seguros (y por qué son la base de todo)

Empezamos un recorrido artículo por artículo por la Ley de Seguros argentina (17.418), explicada en criollo y con ejemplos reales del día a día como productor. En este primer capítulo vemos los tres pilares que sostienen cualquier póliza: el artículo 1, que define el contrato de seguro como el compromiso de la aseguradora a responder ante el evento pactado a cambio del pago de la prima; el artículo 2, que exige que exista un “interés asegurable” real — no se puede asegurar algo que no te afecta económicamente —; y el artículo 3, que exige que el riesgo sea incierto: si el siniestro ya ocurrió o ya es imposible que ocurra, el contrato no vale. Sin estos tres pilares, no hay seguro que valga.

Fuente: Ley de Seguros N° 17.418, artículos 1, 2 y 3 — primer capítulo de la serie “Ley de Seguros artículo por artículo”.

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“Tenemos franquicia, no esperes mucho”: por qué esa frase no te tiene que bajar las expectativas de cobro

Analizamos un fallo real de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Sala J): una mujer cruzaba por la senda peatonal, con el semáforo a su favor, cuando un colectivo que giraba desde otra calle la embistió y le provocó fractura de clavícula, fisura de parrilla costal y secuelas psicológicas. Demandó a la empresa de transporte y citó en garantía a la aseguradora, y la Justicia le reconoció la indemnización completa. Te explicamos por qué la franquicia que tiene la empresa con su aseguradora no te afecta como víctima, en qué se diferencia del límite de cobertura —que sí es oponible, pero debe actualizarse a la fecha del pago— y qué herramienta legal te permite cobrarle directamente a la compañía de seguros.

Fuente del fallo: Díaz Paniagua, Ladislaa c/ Los Constituyentes S.A.T. y otro s/ Daños y Perjuicios, expediente n° 94.041/2017, Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala J, 05/03/2026 — leer PDF

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Le pagó la ART, pero años después fue a cobrarle a los responsables del choque: así funciona la acción de repetición

Analizamos un fallo real de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza sobre un trabajador que sufrió un accidente in itinere: la ART le otorgó todas las prestaciones que marca la ley, pero después inició una demanda contra los responsables del choque para recuperar lo pagado. Te explicamos qué es la acción de repetición, cómo se conecta con la subrogación del artículo 80 de la Ley de Seguros —la misma lógica que aplica en tu seguro de auto— y por qué este mecanismo es clave para que el sistema asegurador sea sostenible.

Fuente del fallo: Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. c/ Báez González Martín Ignacio y Báez Roberto Adrián p/ Repetición de pago, CUIJ 13-06894718-3/1, Suprema Corte de Justicia de Mendoza, sentencia plenaria, 16/12/2025 — leer fallo oficial

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Se incendió un depósito ajeno: por qué terminó pagando una empresa que ni siquiera tenía el seguro contratado

Analizamos un fallo real de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial: una mercadería asegurada se incendió en un depósito subcontratado, la aseguradora le pagó a su asegurada sin problema, y después fue a la Justicia a reclamarle esa misma plata a la empresa de logística que había subcontratado ese depósito. Te explicamos los tres principios legales que resolvieron el caso — subrogación, carga de la prueba y el efecto relativo de los contratos — y por qué, si manejás bienes de terceros (depósito, logística, taller, lo que sea), esto te puede pasar exactamente igual.

Fuente del fallo: Federación Patronal Seguros S.A. c/ Geodis Wilson Argentina S.A. s/ Ordinario, Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala B, 09/04/2018.

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Se incendió un galpón: así se calculó si el seguro alcanzaba para reconstruirlo (con fórmula)

Analizamos un fallo real de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Sala E): un incendio destruyó parte de un predio industrial alquilado en Berazategui y la Justicia tuvo que determinar si la suma asegurada del seguro de incendio contratado alcanzaba para reconstruirlo. Te mostramos, con la misma fórmula que usó el perito liquidador designado en la causa, cómo saber si una propiedad está sobreasegurada o infraasegurada — y por qué el método usado para calcular el valor a nuevo de una construcción (el mismo que aplica el Tribunal de Tasaciones de la Nación) puede cambiar el resultado final en millones de pesos.

Fuente del fallo: D. S., J. D. c/ Tricaucho S.R.L. y otros s/ daños y perjuicios, Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala E, 23/05/2024 — leer PDF

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Se resbaló en el supermercado y le tuvieron que pagar: el deber de seguridad que todo comercio tiene con sus clientes

Analizamos un fallo real de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Sala L): una clienta se resbaló por un líquido derramado en el piso de un supermercado y sufrió la fractura de su tobillo. La Cámara confirmó que el deber de seguridad hacia quien entra a un comercio es objetivo — no hace falta probar negligencia de nadie, alcanza con que el hecho haya ocurrido dentro de la relación de consumo. Te contamos por qué, si tenés un local, esto también es una pregunta sobre tu propia póliza de Responsabilidad Civil.

Fuente del fallo: A.J.D. c/ DIA Argentina S.A. s/ daños y perjuicios, Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala L, Expte. n° 107.752/13, 14/06/2018 — leer PDF

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Manejaba alcoholizada y no era la dueña del auto: por qué la aseguradora tuvo que pagar igual

Analizamos un fallo real de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Dolores: una conductora, que no era la titular del vehículo ni la tomadora de la póliza, manejaba alcoholizada y con nueve personas a bordo cuando chocó contra un árbol. La aseguradora rechazó la cobertura invocando “culpa grave”, pero la Cámara confirmó que esa exclusión es personalísima del asegurado y no se le puede extender por contrato al conductor que no lo es — por lo que la aseguradora debió pagar la indemnización, sin perjuicio de su derecho a reclamarle después a la conductora lo pagado.

Fuente del fallo: Cilley, María Eugenia c/ Porcel Peralta, Estefanía y otros s/ Daños y Perj. Autom., causa n° 106.784, Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Dolores, 9/6/2026 — leer PDF oficial

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Te reconocieron el siniestro y no cobraste: lo que nadie te explica sobre tus obligaciones como asegurado

Analizamos un fallo real de la Cámara de Apelaciones de La Plata: a una asegurada le reconocieron $341.000 por destrucción total de su auto, pero no pudo cobrar porque le faltaban papeles (baja de patente, libre deuda de infracciones). Te contamos qué documentación te puede pedir tu aseguradora y por qué el monto reconocido no siempre significa pago inmediato.

Fuente del fallo: Herrera Alicia Soledad c/ Federación Patronal Seguros SA, Cámara 2da de Apelación Civil y Comercial de La Plata, Sala I — leer PDF oficial

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RC, Terceros Completo o Todo Riesgo: ¿cuál te conviene?

Te explicamos, con datos oficiales de la Superintendencia de Seguros de la Nación, qué cubre realmente cada cobertura y qué pasa con tu auto si chocás — seas o no responsable.

Fuente de los datos: Informe Estadístico de Siniestros de Casco del Ramo Automotores — Superintendencia de Seguros de la Nación

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